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En dicho contexto, los sujetos inspeccionados en el marco de su deber de colaboración, previsto en el artÃculo 9 de la LGIT, deberán facilitar la información y documentación necesarias para el desarrollo de sus funciones. Inicio, 11 de enero, Curso completo de responsabilidad civil. 17. WebMediante Resolución Nº 11541-7-2014 de 23 de setiembre de 2014, que constituye precedente de observancia obligatoria, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 8 de octubre de 2014, se ha establecido que: “Los criterios contenidos en resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal que constituyen precedente de observancia obligatoria, en las que … 0000026062 00000 n
   El pronunciamiento del Tribunal Fiscal puede estar referido a la prescripción de la acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación tributaria, asà como sobre la acción para exigir su pago y aplicar sancionesâ. En tal sentido la administración como resultado del proceso de fiscalización emitió resoluciones de determinación N° 092-003-0002092 Y N° 092-003-0002093 y las resoluciones de multa N° 092-002-0002801, 1.1. 1 y núm. Declarar que de acuerdo con el artÃculo 154 del Texto Ãnico Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, modificado por Ley Nº 30264, la presente resolución constituye precedente de observancia obligatoria, disponiéndose su publicación en el diario oficial âEl Peruanoâ en cuanto establece el siguiente criterio:    âProcede que el Tribunal Fiscal se pronuncie en la vÃa de la queja sobre la prescripción, cuando la deuda tributaria se encuentre en cobranza coactiva, siempre que se deduzca previamente ante el Ejecutor Coactivo y éste, correspondiéndole emitir pronunciamiento, omita hacerlo o deniegue lo solicitado contraviniendo las normas del Código Tributario. Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente. 0000031286 00000 n
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En este punto, deberá tomarse en cuenta las orientaciones del test de protección de la jornada máxima de trabajo para los trabajadores mineros de la resolución aclaratoria del Tribunal Constitucional, en el fundamento 15, recogida en el punto 19 del presente acuerdo de Sala Plena. 0000033049 00000 n
5. /E 41278
Asimismo, el artÃculo 112 del anotado código, califica al procedimiento de cobranza coactiva como uno de los procedimientos administrativos tributarios. 1. El Tribunal Fiscal identificó diversos pronunciamientos como las Resoluciones N° 07986-7-2012, 07470-7-2014, 07003-7-2015, 11839-7-2016, 00351-7-2017, …    Asimismo, debe considerarse que de verificarse que ha operado la prescripción, según lo prescrito por el artÃculo 119 del referido código y el artÃculo 16 de la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, el procedimiento de cobranza coactiva debe ser concluido o suspendido, según corresponda. ¿Puedes resolverlas? " Se acordó establecer como precedentes administrativos de observancia obligatoria los criterios expuestos en los fundamentos 9, 15, 16, 23, 24 y 25 de la presente resolución.    Al respecto, se considera que los efectos de la prescripción implican una restricción o barrera para la Administración en relación con sus acciones de determinación, cobro y sanción, de forma que cuando aquélla es opuesta por el deudor tributario y se verifica que ha operado, debe concluirse la cobranza coactiva de la deuda, impidiéndose que ésta pueda ser exigida en dicha vÃa. En atención a lo expuesto, la Sala Plena del Tribunal de Fiscalización Laboral, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artÃculo 2 del Reglamento del Tribunal de Fiscalización Laboral respecto a la emisión de precedentes administrativos de observancia obligatoria; PRIMERO.- ESTABLECER como precedentes administrativos de observancia obligatoria los criterios expuestos en los fundamentos 9,15,16, 23, 24 y 25 de la presente resolución.    Por consiguiente, si el deudor tributario ejerce el derecho de oponer la prescripción8 ante el Ejecutor Coactivo durante el procedimiento de cobranza, éste debe analizar lo solicitado y emitir pronunciamiento pues si se determina que el plazo de prescripción ha transcurrido, no podrá exigir la obligación en la vÃa coactiva y deberá concluir el procedimiento9. “La denuncia policial por pérdida o extravío de documentos presentada luego del inicio de la fiscalización no constituye prueba fehaciente para acreditar tal hecho. 0000037220 00000 n
The Client’s Guide.    Por consiguiente, de existir un procedimiento (no contencioso o contencioso tributario) en trámite referido al mismo tributo y perÃodo, en el que se analizará la prescripción, iniciado por el deudor tributario antes o después de oponerla en el procedimiento coactivo, no corresponderá que el Ejecutor Coactivo emita pronunciamiento sobre la prescripción y en dicho caso, la falta de pronunciamiento no constituye una infracción al procedimiento. 139 37
WebPRECEDENTES VINCULANTES (Constitucionales, Judiciales y Administrativos) AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD Año XXVIII / Nº 1115 1 TRIBUNAL FISCAL Lunes 30 de setiembre de 2019 TRIBUNAL FISCAL N° 08679-3-2019 (El tachado de los datos de los administrados en la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08679-3-2019 se /O 141
0307-2001-TDC-Indecopi], TUO del Código Procesal Civil [actualizado 2022], Nuevo Código Procesal Penal peruano [actualizado 2022]. computables, diferencias de cambio, fuente generadora de ingresos, Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Actualmente, docente de cursos de Derecho Tributario en la Facultad de Derecho de la USMP. Cuando se omite emitir pronunciamiento, siendo que en este supuesto podrÃan presentarse distintas situaciones:    a. El Ejecutor no emite pronunciamiento y no ha derivado lo opuesto por el deudor tributario a otra área de la Administración. Mediante la mencionada resolución, se establece el siguiente precedente de observancia obligatoria con relación al procedimiento de duda razonable: En primer lugar, … Ha sido Catedrático del curso Derecho Tributario y Empresarial en la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. La EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU S.A interpone apelaciones contra resoluciones de intendencia N° 095-014-0000767/SUNAT la cual declaro infundada la reclamación formulada contra la RESOLUCION DE DETERMINACION N° 092-002-0002092 y una RESOLUCION DE MULTAS N° 092-002-0002801 giradas por el impuesto a la renta durante el periodo 2004 y una infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 178 del CT. Y la segunda 095-014-0000768/SUNAT que declaro infundada la reclamación presentada contra la resolución de intendencia N° 092-018- 0000522-2008 – SUNAT que dispuso devolver una suma menor a la solicitada y compensar esta con parte de la deuda contenida en la resolución del multa N° 092-002-0002801. «La solicitud de devolución de tributos lleva implícita una solicitud de rectificación de la declaratoria aduanera, proceso en el que se pondría en conocimiento del importador las … DECLARAR de acuerdo al artículo 154 del texto único ordenado del código tributario esta resolución constituye precedente vinculante. Al respecto, se considera que mediante la regla del expediente único se evita que sobre un asunto en que existe identidad de sujetos, objeto y fundamento, se emita más de un fallo, con el riesgo de que puedan ser contradictorios y atentatorios de la cosa decidida. 0000034295 00000 n
WebDiccionario Juridico Elemental Guillermo Cabanelas de Torres Edición 2006 37 Tribunal superior de Atenas, célebre en la Antigüedad por su reputación de sabiduría. 14 de November de 2022 by admin. Disponible en: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/âed norm/â relconf/documents/meetingdocument/wcms 618490.pdf. 15. 11 del decreto de 29 de octubre de 1957) y la República Bolivariana de Venezuela (Art. >>
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El artículo 38 del código tributario sustituido mediante ley N° 29191 disponiendo las devoluciones de pagos realizadas indebidamente se efectuaran en moneda nacional agregándoles el interés fijado por la administración tributaria. %%EOF
03162-7-2022. – En el Estado Plurinacional de Bolivia, la legislación permite que se realicen 2 horas extraordinarias al dÃa (artÃculo 50 de la Ley General del Trabajo).    1.    Por tanto, procede que el deudor tributario solicite al Tribunal Fiscal la corrección de las actuaciones del Ejecutor Coactivo cuando éste pretenda continuar con el procedimiento de cobranza coactiva de una deuda tributaria cuya prescripción le ha sido invocada y sobre lo cual no ha emitido pronunciamiento o ha denegado la petición. La Sala Plena del Tribunal de Fiscalización Laboral, por unanimidad, considera que los criterios contenidos en los numerales 9, 15,16, 23, 24 y 25 del presente Acuerdo Plenario ameritan ser declaradas como precedente de observancia obligatoria para todas las entidades conformantes del Sistema de Inspección del Trabajo. Que en primer término corresponde señalar que en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 20904-1-2012, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 19 de diciembre … En tanto este es parte de la infraestructura de dicha central hidroeléctrica siendo necesaria para los funcionamientos propios de la actividad gravada.    Que de otro lado, a fin de resolver el cuestionamiento de la quejosa referido a que el ejecutor coactivo omitió pronunciarse sobre la prescripción de la acción de la Administración para exigir el pago de las deudas contenidas en las Ordenes de Pago Nº 093-001-0318138 y 093-001-0318145 a 093-001-0318150 invocada ante él mediante escrito de 11 de agosto de 2015 y, por tal motivo, solicita que este Tribunal se pronuncie sobre dicha prescripción, se requiere determinar si procede que en vÃa de queja el Tribunal Fiscal se pronuncie sobre la prescripción deducida. PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA DEL TRIBUNAL FISCAL, @https://www.facebook.com/ESTUDIOFERNANDEZABOGADOS/ on Twitter, Colegio de Abogados de Lima y la aplicación de la LPAG, El derecho a la debida motivación de las resoluciones, importa que los jueces al resolver las causas, expresen las razones o justificaciones objetivas que los llevan a tomar una determinada decisión (Informe de ContralorÃa), Indemnización por daños y perjuicios (Informe de ContralorÃa), Queja contra un procedimiento de ejecución coactiva causa ESTADO, Ley del Procedimiento Administrativo General, CESES COLECTIVOS EFECTUADOS EN LAS EMPRESAS DEL ESTADO SUJETAS A PROCESOS DE PROMOCIÃN DE LA INVERSIÃN PRIVADA Y EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÃBLICO Y GOBIERNOS LOCALES, DERECHO UNIFORME DEL COMERCIO INTERNACIONAL, plazos de recurso de apelación no contencioso tributario. 0000000017 00000 n
El tribunal fiscal desestimo las pretensiones principales de compensaciones ,no obstante se pronunció por las pretensiones subordinadas como la indemnizatoria. El Tribunal Fiscal ha precisado recientemente que las declaraciones juradas rectificatorias presentadas por un … Egresado de la MaestrÃa en Derecho con mención en Civil y Comercial de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión. Por consiguiente, en tanto que el ordenamiento jurÃdico no disponga cosa distinta, los actos o hechos que impiden o dificulten la labor inspectiva y que se consignan en el acta de infracción, constituyen infracciones que no tienen una naturaleza secundaria, adjunta ni dependiente, respecto de posibles infracciones ocurridas y detectadas en la visita inspectiva referentes a aspectos sustantivos objeto de control por la inspección del trabajo. 14 de noviembre de 2022 por admin. Mediante resolución de determinación la administración reparo tanto la ganancia como la perdida por diferencia de cambio, en cuanto a las interpretaciones de diferencias de cabio se adoptó mediante acuerdo contenido en acta de reunión de sala plena N° 2016-16, “las diferencias de pago son computables en la medida que sean generadas por operaciones o transacciones en moneda extranjera que se encuentran vinculadas o relacionadas con la obtención de potenciales rentas gravadas o con el mantenimiento de su fuente generadora o por los créditos obtenidos para financiar tales operaciones. PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA DEL TRIBUNAL FISCAL. 04715-4-2019, ©Estudio Muñiz En tal sentido, procede que el Tribunal Fiscal emita pronunciamiento en la vÃa de la queja sobre la legalidad del procedimiento de cobranza coactiva en el que se ha producido la ejecución de medidas cautelares o cuando se produzca la extinción de la deuda por pago efectuado en el marco de dicho procedimiento, siempre que la queja se presente antes de la mencionada notificaciónâ. WebPrecedente de Observancia Obligatoria La solicitud de regularización de la importación de las mercancías que se acogen a los beneficios contemplados en ... Resolución del Tribunal Fiscal N° 10007-A-2018 Procedencia Intendencia de Aduana de Iquitos Fecha de Publicación 13-01-2019 En ese sentido, la limitación para restringir las jornadas atÃpicas o acumulativas deberá cumplir, copulativamente, las siguientes condiciones, que constituyen el test de protección de la jornada máxima de trabajo para los trabajadores mineros: a) La evaluación caso por caso, teniendo en cuenta las caracterÃsticas del centro minero; por ejemplo, si se trata de una mina subterránea, a tajo abierto, o si se trata de un centro de producción minera. 19. /ID [<3378dd438d2d9e03ddddef7daab8841e><3378dd438d2d9e03ddddef7daab8841e>]
   Al respecto, debe considerarse además que de iniciarse un procedimiento no contencioso a partir de la oposición de la prescripción, la existencia de dicho procedimiento referido a la prescripción, no obliga a suspender el procedimiento de cobranza coactiva, lo que podrÃa llegar a generar un perjuicio al deudor tributario. %����    Que de otra parte, respecto a lo señalado por la quejosa en el sentido que corresponde a este Tribunal declarar la prescripción invocada al ejecutor coactivo y, como consecuencia de ello, ordenar la conclusión de los procedimientos coactivos, cabe indicar que de acuerdo con el criterio adoptado, procede que este Tribunal se pronuncie en la vÃa de la queja sobre la prescripción cuando la deuda tributaria se encuentre en cobranza coactiva, siempre que se deduzca previamente ante el Ejecutor Coactivo y éste. 0
Un fiscal ha solicitado al Tribunal de Cuentas de Brasil el bloqueo de bienes del expresidente Jair Bolsonaro por el asalto a los tres poderes del Estado cometido el … Expide resoluciones que constituyen precedentes de observancia obligatoria que interpretan de modo expreso y con carácter general el sentido de la legislación bajo su … 0000038419 00000 n
0000028903 00000 n
Asimismo, toda persona, natural o jurÃdica, está obligada a proporcionar a la Inspección del Trabajo los datos, antecedentes o información con relevancia en las actuaciones inspectivas, siempre que se deduzcan de sus relaciones con los sujetos sometidos a la acción inspectiva y sea requerida para ello de manera formal. 0000025827 00000 n
0000024601 00000 n
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Tales infracciones pueden consistir en: 1) La negativa injustificada o el impedimento a que se realice una inspección en un centro de trabajo o en determinadas áreas del mismo, efectuado por el empleador, su representante o dependientes, trabajadores o no de la empresa, por órdenes o directivas de aquél. 0000026998 00000 n
Para la aplicación de este criterio, siempre será determinante el examen de la motivación que consta en el Acta de Infracción, que debe ser no sólo puntual y concisa, sino también suficiente, para poder concluir que la conducta del administrado constituye una falta al deber de colaboración de acuerdo al artÃculo 45.2 del RLGIT, o al artÃculo 46.3 del RLGIT, según se haya acreditado en el procedimiento. Que de la documentación que obra en autos, no se advierte la existencia de ninguna causal de interrupción o suspensión del cómputo de los referidos plazos … Estos widgets son mostrados por que no has agregado ninguno de tus widgets. Los días 16 y 23 de noviembre del 2015, AGRO MEDINA S.AC presentó un escrito solicitando que se le otorgue plazo para poder cumplir con el requerimiento … b�b8�~�Y�����]�K,����{�fW2�ǣ������n��̰�qdV8�����©���s�蚵Z���W(�3(���d�ù� … De acuerdo con el artÃculo 5 de la LGIT, en el desarrollo de las funciones de inspección, los inspectores de trabajo, que estén debidamente acreditados, están investidos de autoridad y facultados para requerir información, solo o ante testigos, al sujeto inspeccionado o al personal de la empresa sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las disposiciones legales. Además, en cuanto al reparo por activos considerado como gastos de mantenimiento referido a la adquisición de materiales e instalación del sistema de alumbrado publico de la central hidroeléctrica de machupicchu, mas no por la administración ya que esta pretende reparar tales gastos por considerarlo como activos ya que se anotó un desembolso por la adquisición de materiales de instalación , para posteriormente verificarse el requerimiento de una nueva instalación de alumbrado público lo que conjuntamente con su naturaleza de adquisición y su valor se llegó a la conclusión que se trataba de un nuevo activo. 0000038661 00000 n
2 min. 2. [1] «Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú». Ante ello, el Tribunal de Fiscalización Laboral advierte la necesidad de establecer criterios que garanticen la uniformidad en la aplicación del ordenamiento jurÃdico sociolaboral al caso concreto y la uniformidad de los pronunciamientos del Sistema de Inspección del Trabajo, en el trámite del procedimiento administrativo sancionador a cargo de la SUNAFIL, con el fin de garantizar la eficacia de los principios de i) igualdad ante la ley; ii) seguridad jurÃdica; iii) buena fe; iv) interdicción de la arbitrariedad; v) buena administración; vi) legalidad y vi¡) debido procedimiento. La resolución de multa N° 092-002-0002801 fue girada en torno a la infracción del numeral 1 del artículo 178 del código tributario con relación del impuesto a la renta durante el periodo 2004. En ésta sección ponemos a su disposición diversos accesos … 21. 122 del Código del Trabajo). Asunto: Naturaleza de las infracciones a la labor inspectiva, la demora en la respuesta a un requerimiento de información efectuado por el inspector de trabajo y las jornadas acumulativas acordadas por excepción durante la pandemia de la COVID-19. Abogado por la Universidad San Martín de Porres. 0000028416 00000 n
Zoom: Clase en vivo sobre nulidad manifiesta y proceso de desalojo…. /Length 1825
b) Si la empleadora cumple, o no, con las condiciones de seguridad laboral necesarias para el tipo de actividad minera. Por consiguiente, debe analizarse de manera previa si se produce dicha vulneración cuando el Ejecutor Coactivo no se pronuncia sobre la prescripción alegada en el curso del procedimiento de cobranza coactiva. GSA. 0000030710 00000 n
PRECISAR que los precedentes administrativos de observancia obligatoria antes mencionados deben ser cumplidos por todas las entidades del Sistema de Inspección … El Tribunal Fiscal identificó … Â Â Â Por otro lado, conforme se ha anotado, según el artÃculo 116 del citado código, el Ejecutor Coactivo es quien ejerce las acciones de coerción para el cobro de la deuda tributaria, estando facultado, entre otros, para verificar la exigibilidad de la deuda tributaria a fin de iniciar el procedimiento.    Que en consecuencia, al haberse acreditado la conclusión del procedimiento coactivo seguido con Expediente Nº 093-006-0034813 con relación a la Resolución de Multa Nº 093-002-0004107, asà como del procedimiento coactivo seguido con Expediente Nº 093-006-0218217 únicamente con relación a las Ãrdenes de Pago Nº 093-001-0318139 a 093-001-0318144, lo que ocurrió con anterioridad a la queja de autos presentada el 18 de setiembre de 2015, no procede que este Tribunal emita pronunciamiento respecto a la legalidad de la cobranza de las deudas contenidas en dichos valores, de acuerdo con el criterio establecido por este Tribunal en la Resolución Nº 20904-1-2012, por lo que corresponde declarar improcedente la queja en este extremo. [,�}���ɺ��/�������! Es expositor de temas de Derecho Tributario en diversas entidades de prestigio nacional e internacional. Entrevista con….    2. El pronunciamiento del Tribunal Fiscal puede estar referido a la prescripción de la acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación tributaria, asà como sobre la acción para exigir su pago y aplicar sancionesâ. <> stream # $
% &. – En el Uruguay (Art. /S 1641
El tribunal fiscal concluyo que toda vez que la negativa de la recurrente para suscribir el acta de recepción provisional de la obra la contratista ya no se encontraba obligada a mantener en vigencia de la póliza. ASUNTO: IMPUESTO A LA RENTA, MULTAS Y OTROS. El reparo arreglado por la administración se encuentra arreglado por la ley. Aunque este segundo convenio no haya sido ratificado por el Perú, la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones[2], ha establecido como excepciones temporales a los máximos de jornada, las situaciones de fuerza mayor, los aumentos extraordinarios de trabajo, y el peligro nacional, entre otros. SEGUNDO.- PRECISAR que los precedentes administrativos de observancia obligatoria antes mencionados deben ser cumplidos por todas las entidades del Sistema de Inspección del Trabajo a partir del dÃa siguiente de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano», de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artÃculo 23 del Reglamento del Tribunal de Fiscalización Laboral. En este contexto, mediante el Comunicado N° 010-2022-CE de fecha 20 diciembre de 2022, el Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima Este comunicó que en sesión virtual llevada a cabo el día martes 20 de diciembre de 2022, se acordó por unanimidad que las Elecciones Generales se desarrollaría indefectiblemente el día … Autor. <<
Según el articulo 20 del texto único ordenado, de la ley del impuesto a la renta, señala que esta constituida por el conjunto de ingresos afectos al impuesto que se obtenga en el ejercicio grabable, cuando tales ingresos provienen de la enajenación de bienes la renta bruta esta dada por la diferencia existente entre el ingreso neto total y el costo computable, agregando que por costo computable se entiende como el costo de adquisición, producción, o en su caso valor de ingreso al patrimonio. A través de la Resolución de Sala Plena 001-2021-Sunafil/lFL-Primera Sala, el Tribunal del Fiscalización Laboral estableció diversas reglas calificadas como precedentes administrativos de observancia obligatoria para las entidades del Sistema de Inspección del Trabajo. /Names << /Dests 105 0 R>>
Webtravés de un nuevo precedente de observancia obligatoria. 0000039597 00000 n
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Todos los Derechos Reservados © 2023. PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA DEL TRIBUNAL FISCAL, Ponemos en conocimiento de nuestros clientes que el día 3 de julio de 2019, se ha publicado la Resolución del Tribunal Fiscal Nro. Constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, el siguiente criterio: “La denuncia policial por pérdida o extravío de documentos presentada luego del inicio de la fiscalización no constituye prueba fehaciente para acreditar tal hecho. 04715-4-2019. Que de las resoluciones del tribunal N° 03205-4-2005 N° 19170-1-2011, entre otras ha establecido que los estados financieros se debe reparar de acuerdo con los principios de contabilidad general , losen nuestro país que en nuestro país están constituidos por las normas internacionales de contabilidad , que el articulo 24 de dicha norma dispone que los gastos posteriores a la adquisición de los elementos componentes de las propiedades , planta, equipo , solo se reconocerán como activo cuando mejoren las condiciones del bien. De esta manera, en la formulación de actas de infracción y en su calificación posterior, deberá observarse que, cuando la fiscalización pueda proseguir desplegando sus funciones, a pesar del comportamiento del inspeccionado que haya perturbado o retrasado la investigación, deberá imputarse la infracción prevista en el artÃculo 45.2 del RLGIT. /Size 176
Ingrese su correo electrónico para notificarlo de las actualizaciones de este blog: © 2023 ARTURO FERNÃNDEZ VENTOSILLA — Mejorado por WordPress,    Que mediante Resoluciones Coactivas Nº 0930070497250 y 0930070497252 de 1 de setiembre (fojas 99 y 100), notificadas a la quejosa en su domicilio fiscal,    Que sin embargo, mediante Acta de Reunión de Sala Plena Nº 2015-15 de 15 de setiembre de 2015, se acordó que: âProcede reconsiderar el Acuerdo contenido en el Acta de Reunión de Sala Plena Nº 2006-06 de 6 de marzo de 2006 en aplicación del punto 6.2 del Acuerdo de Sala Plena Nº 2002-02â,    âSegún el artÃculo 43 del Texto Ãnico Ordenado del Código Tributario,    Por otro lado, debe considerarse que conforme con el numeral 3) del inciso b) del artÃculo 119 del referido código, el Ejecutor Coactivo deberá dar por concluido el procedimiento, levantar los embargos y ordenar el archivo de los actuados, cuando âse declare la prescripción de la deuda puesta en cobranzaâ,    Por consiguiente, si el deudor tributario ejerce el derecho de oponer la prescripción,    Al respecto, debe considerarse además que de iniciarse un procedimiento no contencioso a partir de la oposición de la prescripción, la existencia de dicho procedimiento referido a la prescripción, no obliga a suspender el procedimiento de cobranza coactiva, lo que podrÃa llegar a generar un perjuicio al deudor tributario.
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